Votación de Militares y en el Extranjero

Así es como puede votar si usted pertenece a:
- La Marina, el Ejército, la Fuerza Aérea, el Cuerpo de Marines o la Guardia Costera de los Estados Unidos
- La Marina Mercante
- El Cuerpo de Comisionados del Servicio de Salud Pública de los Estados Unidos
- El Cuerpo Comisionado a la Administración Nacional Oceánica y Atmosférica (NOAA, por sus siglas en inglés)
- La Guardia Nacional o en las fuerzas militares estatales en estado activo
- Si usted es cónyuge o dependiente de los grupos anteriores elegible
- Si usted es ciudadano estadounidense que vive fuera de los Estados Unidos o fuera del Distrito de Columbia
Regístrese para votar y solicite una boleta electoral para voto-por-correo
PARA militares activos y sus dependientes que vivan fuera del Condado de San Diego o para los civiles que vivan en el extranjero
- Puede registrarse para votar y solicitar una boleta electoral
de voto-por-correo aquí
- Con la Solicitud de Tarjeta Postal Federal (FPCA, por sus siglas en inglés), cuyo enlace incluimos anteriormente, obtendrá un estado permanente de voto-por-correo
- En el caso del personal gubernamental en el extranjero, este estado permanente de voto-por-correo también se denomina UOCAVA, que significa Ley para Ciudadanos en el Extranjero Ausentes de los Comicios UOCAVA (solo en inglés)
- Para garantizar que reciba su material para votar antes de cada elección, utilice el formulario FPCA cuando cambie su domicilio, su dirección postal, su información de contacto o su preferencia de forma de votación
- En las embajadas o en los consulados estadounidenses tienen disponibles copias en papel del formulario FPCA; el personal militar puede obtenerlas a través de su Oficial de Asistencia Electoral
- Recuerde especificar su domicilio en el extranjero y no olvide firmar el formulario FPCA
Cómo enviar su boleta de voto-por-correo
- Puede enviar por fax o por correo su boleta marcada (votada) (consulte a continuación los números y direcciones) Y el Formulario del Juramento Estándar para el Votante completado, el cual recibió en su paquete de boleta de voto por correo.
- La ley del estado de California no permite que las boletas electorales marcadas se envíen por correo electrónico.
- Para obtener más información sobre cómo votar por correo, haga clic aquí
Recursos
Preguntas frecuentes sobre el Programa Federal de
Asistencia al Votante (solo en inglés)
Números gratuitos de fax y otros recursos (solo en
inglés)
Programa Federal de
Asistencia al Votante (solo en inglés)
Secretario de Estado de California (solo en
inglés)
Preguntas frecuentes para los votantes del Condado de San Diego

Información de Contacto
División Electoral del Secretario de Estado
1500 11th Street, 5th Floor, Sacramento, CA 95814
Lunes a viernes, de 8:00 a. m. a 5 p. m. PST
tel: (800) 345-VOTE (8683) | (916) 657-2166
fax: (916) 653-3214
Programa Federal de Asistencia al Votante, del Departamento de
Defensa
4800 Mark Center Drive, Suite 03J25-02, Alexandria, VA 22350-5000
Lunes a viernes, de 8:30 a. m. a 5:00 p. m. EST
tel: (800) 438-VOTE (8683) | (703) 588-1584
DSN: 425-1584
web: fvap.gov
Registro Electoral del Condado de San Diego
5600 Overland Avenue, Suite 100, San Diego, CA 92123
Lunes a viernes, de 8:30 a. m. a 5:00 p. m. PST
tel: (800) 696-0136 | (858) 565-5800
fax: (858)
505-7294
correo electrónico: ROVMail@sdcounty.ca.gov
